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  • Consulta : 202003
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 319795

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE san.garcia1990_NR,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:

     

    Lo que Usted debe de hacer es SOLICITAR A LA BREVEDAD POSIBLE UNA BÚSQUEDA DE ANTECEDENTES NOTARIALES, EN ESTE CASO EL TESTAMENTO DE SU FINADA MADRE, ANTE EL ARCHIVO GENERAL DE NOTARIAS, UBICADO EN AVENIDA TLAXCUAQUE NÚMERO 8, EDIFICIO JUANA DE ARCO, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, CÓDIGO POSTAL 08090, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, en los siguientes términos:

                   

    border="0" cellpadding="0" cellspacing="5" style="width:100.0%;" width="100%">

    Búsqueda de antecedentes notariales

     

    ¿En qué consiste?

     

    Búsqueda de antecedentes notariales cuando se desconozca el número del instrumento notarial y/o la fecha exacta del mismo.

     

    ¿A quién está dirigido?

     

    Notarios Públicos y personas físicas o morales que acrediten el interés jurídico (respecto de instrumentos públicos con más de setenta años de antigüedad).

     

    ¿Cuáles son las áreas de atención?

     

    Ventanilla Única de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos

    (Archivo General de Notarías del Distrito Federal) ubicado en Av. Candelaria de los Patos S/N, Colonia Diez de Mayo, C.P. 15290. Delegación Venustiano Carranza.

    Teléfono 55 22 51 40 extensiones 109 y 113

    Horario de atención: 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

     

    ¿Cuáles son los requisitos?

     

    1.- Solicitud por triplicado debidamente llenada, es indispensable proporcionar el número y nombre del Notario Público ante el cual se realizó el acto jurídico, así como el período de búsqueda (tres años antes y después de la fecha probable en que se otorgó el instrumento notarial).

    2.- Comparecer personas que acrediten tener interés jurídico, autoridades competentes y Notarios Públicos.

    - Al solicitar el instrumento notarial que contenga Régimen de Propiedad en Condominio, exhibir original o copia certificada y copia simple del instrumento público con el que acredite la propiedad del inmueble que forma parte de dicho condominio.

    3.- Acreditar personalidad cuando se actúe a nombre de persona física o moral.

    En caso de representar a una sucesión, exhibir original o copia certificada y copia simple del documento con el que se acredite que seestá en ejercicio del cargo de albacea.

    En caso de ser representante o apoderado legal, deberá exhibir original o copia certificada y copia simple del poder notarial con facultades para actos de administración y/o de dominio o facultades especiales para el trámite de la búsqueda de antecedentes notariales.

    4.- Exhibir en original y copia simple identificación oficial vigente (credencial de elector, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte, cédula profesional o en su caso FM2).

    5.- Presentar original del comprobante del pago de derechos correspondientes

     

    ¿Cuál es el formato requerido?

     

    "//tramitesyservicios.df.gob/work/sites/TyS/resources/LocalContent/1313/2/BAN_01BusqAntecNotariales.pdf">BAN-01

     

    ¿Cuál es el tiempo de respuesta del trámite?

     

    8 días hábiles

     

    ¿Cuál es el costo?

     

    Establecido en la fracción I del artículo 211 del Código Fiscal del Distrito Federal:

     

    ARTÍCULO 211.- Por los servicios de guarda definitiva y revisión delos libros del protocolo de los notarios públicos, se pagará el derecho conforme a las cuotas que a continuación se establecen:

    I. Por la búsqueda en los índices de protocolos Notariales, en el Archivo General de Notarías $727.50

     

    ¿Cuál es el resultado?

     

    El antecedente que se solicita

     

    ¿Cuál es la vigencia?

     

    No aplica

     

    ¿Dónde se reportan las quejas o sugerencias?

     

    HONESTEL con número telefónico 55 33 55 33

     

    ¿Cuál es el fundamento jurídico?

    ·         Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 35, fracción XX;

    ·         Ley del Notariado para el Distrito Federal.- Artículo 238, fracciones V y VI, 239, 240, 244 y 247;

    ·         Código Fiscal del Distrito Federal.- Artículo 211, fracción I ;

    ·         Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 7°, fracción XV, numeral 1 y 114 fracción XVI;

    ·         Lineamientos Generales para Regular la Prestación de los Servicios que brinde el Acervo Histórico del Archivo General de Notarías del Distrito Federal;

    ·         Manual Administrativo de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.

     

    ¿Cuál es el procedimiento?

     

    1.     El interesado o su representante acude al Archivo General de Notarías o realiza llamada telefónica solicitando requisitos para la realización de su trámite.

    2.     Una vez que el solicitante reúne los requisitos y documentación, se presenta en la Ventanilla Única a solicitar el trámite.

    3.     En la Ventanilla Única reciben su solicitud, la registran en el Libro de Gobierno y entregan al usuario un comprobante de la realización del trámite (acuse) y turnan el expediente al área operativa.

    4.     En su revisión, si el área operativa determina que el expediente no cumple, podrá requerir al solicitante documentación adicional, dándole cinco días para entregarla, si en este lapso el usuario no acude, la solicitud se dará por no presentada

    5.     Si el trámite resultó procedente, el solicitante debe pagar en la Tesorería del Distrito Federal e ingresar los comprobantes de pago de derechos en la Ventanilla Única, para posteriormente recibir la respuesta a su trámite.

     

    Observaciones

     

           El interés jurídico se acredita cuando el solicitante es otorgante de la escritura, beneficiario, sucesor, causahabiente o representante legal de los otorgantes.

           Sólo se aceptan cotejos de Notario Público ante el cual se haya otorgado el instrumento notarial, de conformidad con el artículo 160 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal.

           Es necesario presentar identificación oficial y recoger personalmente el trámite, o bien se le informa que al ingreso de su solicitud, podrá otorgar y ratificar carta poder ante el titular de la Ventanilla Única, a efecto, de que otra persona concluya su trámite.

           Si usted actúa como representante o apoderado legal, sólo podrá otorgar carta poder si cuenta con facultades para sustituirse en su ejercicio.

     

     

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-3253-4941

     

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

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