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  • Consulta : 200405
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 318701

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     gcasoluengo_NR 

    Ya que usted firmo el contrato como arrendador esta usted facultado para demandar la recsision del mismo por falta de pago de rentas, para su conocimiento y del forista que me antecede el arrendatario que ha hecho uso y goce del inmueble arrendado NO puede controvertir la personalidad del arrendador.

    Asistase de abogado de su confianza.