- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 198418
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 317476
-
Fecha de respuesta: Jueves 23 de Mayo de 2013 23:09 2013-05-23 23:09 desde IP: 201.141.97.49
Tan pueden que ya le están requiriendo, la prescripción la debe oponer como excepción en el juicio de nulidad, pero con ese agravio lo va a perder. Necesita los servicios de un abogado especialista en materia administrativa para impugnar el crédito fiscal.
-
Autor