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  • Consulta : 198404
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 317467

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante: Si el área que menciona es área común (integrada al indiviso) entonces es de los condóminos; si la inmobiliaria ya vendió todas las unidades privativas entonces ya no es condómino y no puede opinar sobre el destino de dichas áreas. Ustedes como condóminos pueden celebrar una Asamblea para decidir el destino de dicha área. Desde luego un abogado de su confianza debe revisar varios documentos, principalmente la escritura de condominio y el reglamento para determinar de que tipo de área se trata y definir que acciones pueden tomar.