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  • Consulta : 197154
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 316598

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

     

    A su consulta faltan datos importantes, por ejemplo, no menciona si su abuelo ya fallecio o no, tampoco si tiene algun contrato privado de compraventa con el abuelo o al menos recibos de los pagos realizados.

    Pensando que los 2 abuelos vivan le sugiero que CUANTO ANTES acuda con su Notario y escriture, sin pretextar la falta de recursos ya que no hay nada mas caro que no escriturar en su momento; si el inmueble esta en el DF podria inscribirse en la Jornada Notarial, que es un programa de Gobierno que reduce mucho el costo de escrituracion; su Notario puede darle los detalles y costos.

     

    Si el abuelo ya fallecio entonces le sugiero que (en terminos de lo explicado en el parrafo anterior) CUANTO ANTES su abuela le venda el 50% que a ella corresponde. Por lo que respecta a el 50% del abuelo ustedes tendran que acreditar en el juicio sucesorio que ese bien ya no era de el al momento de morir, por haberlo vendido previamente, y si algo corrsponde al abuelo es la parte del precio que han dejado de pagar.