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  • Consulta : 196628
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 315998

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     noell_NR

    Para su informacion, en caso de un eventual divorcio el bien inmueble en cuestion NO entra en la liquidacion de la sociedad conyugal toda vez que el mismo fue adquirido antes de celebrar el matrimonio, ya sea por herencia, donacion, sorteo etc., reitero que no entrea en la liquidacion de la sociedad conyugal.