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  • Consulta : 195843
  • Autor : JULIAN CASTAÑEDA
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  • Autor
    Respuesta No: 315404

  • JULIAN CASTAÑEDA
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola... Ante todo necesitas buscar un Abogado especialista en la materia... Sociedad Conyugal:

    50 % de tu hermana y 50 % de tu cuñado:

    y se desprende de la siguiente manera: Al ser tu unica heredera de tu hermana en la via de sucesion legitima, ya tienes ganado un 50 % (a esto se le llama por cabeza)... ahora bien, respecto al porcentaaje de tu cuñado, le correspondia a tu hermana una parte igual a la de los hijos de tu cuñado, entonces tienes derecho a la parte que le correspondia a tu hermana de la parte alicuota de tu cuñado (a esto se le llama herencia por extirpe)...