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- Autor : JULIAN CASTAÑEDA
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Mayo de 2013 18:33 2013-05-01 18:33 desde IP: 189.159.5.206
Hola... Ante todo necesitas buscar un Abogado especialista en la materia... Sociedad Conyugal:
50 % de tu hermana y 50 % de tu cuñado:
y se desprende de la siguiente manera: Al ser tu unica heredera de tu hermana en la via de sucesion legitima, ya tienes ganado un 50 % (a esto se le llama por cabeza)... ahora bien, respecto al porcentaaje de tu cuñado, le correspondia a tu hermana una parte igual a la de los hijos de tu cuñado, entonces tienes derecho a la parte que le correspondia a tu hermana de la parte alicuota de tu cuñado (a esto se le llama herencia por extirpe)...
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