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  • Consulta : 195099
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 314779

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, no obstante lo comentado por los Abogados anteriores, le comento que el Código de Procedimientos de cada Estado señala para la fijación de competencia de un Juez (Lugar donde puede tramitar su divorcio), varias causales.

    Esto es, conocerá el Juez del último domicilio conyugal, el del domicilio del cónyuge abandonado….también conocerá el del domicilio familiar o el ultimo donde hicieren vida en común (No todas las parejas forman un hogar o domicilio conyugal, pues hay quienes viven con sus padres y el domicilio conyugal es aquel donde la pareja vive de forma independiente, toma decisiones, etc.)

    Asimismo, también se puede determinar la competencia de forma expresa o tacita.

    Lo anterior lo comentamos, porque la respuesta por antonomasia es “El domicilio conyugal”, pero debe consultar con un abogado su situación para que presente la demanda ante el Juez verdaderamente competente y luego no resulte que se promueven  incompetencias o se den situaciones complicadas.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.