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AutorRespuesta No: 314748
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Abril de 2013 19:24 2013-04-24 19:24 desde IP: 201.141.118.208
Es competente el Juez del último domicilio conyugal, por lo que la demanda se presenta en el D.F., recordándole que tanto en el D.F., como en el Estado de México ya no existen los divorcios necesarios, debe ser incausado.
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