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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Abril de 2013 20:11 2013-04-15 20:11 desde IP: 200.79.141.214
Notificados de la sentencia, o notificados de la demanda en su contra. Que son dos cosas diferentes, los términos son variables dependiendo de la carga del trabajo del juzgado, aunque en la mayoría de los casos los acuerdos que dicta el juez deben publicarse dentro de los 3 días posteriores a que se promueve. Si ellos no contestan la demanda pasando el término de la notificación de emplazamiento, se declaran por lo tanto en rebeldía de alguna manera están aceptando todos los hechos, ya una vez transcurrido ese término ya tu abogado sabrá que hacer, y no debe llevar mucho tiempo, aunque lo ideal era reclamar la desocupación del inmueble desde el primer trimestre que dejaron de pagar renta.
Lic. Fabricio Frias Vejar
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