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  • Consulta : 192982
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 313383

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    para el divorcio... por ley y criterio de la corte... debes esperar un año... estas en el d.f.... es un divorcio sin causales... incausado...

     

    para la nulidad de matrimonio... son 30 dias contados de la fecha del feliz enlace con el amor de tu vida... los que ya pasaron...

    por lo mismo... deberas esperar a cumplir un año y un dia... para poder pedir el divorcio...