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AutorRespuesta No: 315423
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Mayo de 2013 19:14 2013-05-01 19:14 desde IP: 189.234.225.246
De cuales fumas???? El articulo 17 de la constitución federal ...es la que señala que no hay cárcel en materia civil... Por deudas.. . Por tanto.. Sólo que se demuestre ... Que no tienes bienes,,, que no se te pude cobrar... Es que procede el fraude.... Y entonces si... A la cárcel... De la cual... Sales pagando.....deja de hacerle al cuento y ponte a trabajar.... Para pagar.....
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