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AutorRespuesta No: 312595
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Abril de 2013 11:27 2013-04-02 11:27 desde IP: 201.144.57.86
Estimado Consultante:
La obligación de la aseguradora es resarcir el daño que su asegurado causo. Si los daños que sufrio su vehículo lo llevan a ser considerado como pérdida total Usted tiene dos opciones:
1. Aceptar la indemnización de pérdida total la cual se hara al valor comercial de su vehículo al momento del siniestro de acuerdo con la guia EBC y/o guía autometrica, para lo cual le solicitaran entregue los restos de su unidad, asi como los documentos de propiedad respectivos, (factura endosada, baja de placas, y pago de tenencias entre otros).
2. Reparar Usted su unidad por su cuenta, solicitar facturas de todas y cada una de las reparaciones así como de las refacciones necesarias, presentarlas a la aseguradora y que esta le reembolse los gastos que Usted erogo.
Para la segunda opcion, se vera en la necesidad de demandar a la aseguradora para obtener que le paguen el costo total de la reparación, y tendra que contratar un abogado con conocimientos sobre el contrato de seguro y podra al igual demandar el pago de intereses moratorios y gastos y costas (esto es el costo de los honorarios del abogado), considere lo desgastaste del juicio y el tiempo que esto llevara.
Considere el modelo de su vehículo, el costo en el mercado del mismo, y la cantidad que le ofrece la aseguradora y valore que le conviene mas.
Saludos.
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