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  • Consulta : 189973
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si es ejidal, puede fraccionarlo previa autorizacion del "Ejido" y este expedira las Cartas de Posesion a los compradores.

    Si tiene Titulo de Propiedad debera escriturarlo mediante un Notario Publico, una vez escriturado queda registrado ante el Registro Publico de la Propiedad del Estado y ante Catastro Municipal, por lo que solicita ante el Municipio la sub division del lote. Si esta escriturado igual.