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AutorRespuesta No: 305903
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Marzo de 2013 00:39 2013-03-07 00:39 desde IP: 201.141.110.224
Lo que no menciona es ¿Cuándo lo demandaron? Si invirtiera un poquito en un abogado de verdad, ya le habría informado primero: Que la acción está más que prescrita por el transcurso del tiempo, que por haber cubierto más de la mitad del del valor del contrato no prospera la rescisión y que por el contrario puede reconvenir el otorgamiento y firma de escritura, Que si el contrato no señala el lugar de pago primero lo deben poner en mora, que se debe demandar a la sucesión de su padre y por último, andar fraccionando terrenos en el Estado de México es delito. Contrate a un abogado titulado y cuidado con los coyotes, como el que les redactó su contrato.
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