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  • Consulta : 188673
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 379587

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenas Tardes:

     

    No tiene que dar alimentos para su ex esposa si no todo lo contrario la que se encuentra obligada a proporcionar los alimentos es ella por que Usted vive con sus hijos y puede solicitar la pensión.

     

    Para mayor información y con la unica finalidad de aclarar sus dudas me pongo a sus ordenes en los siguientes telefonos:

    Nextel.- 36-19-84-06

    Oficina.- 47-56-98-42

    Blanca Núñez