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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Mayo de 2015 12:44 2015-05-13 12:44 desde IP: 189.217.134.233
Hola Buenas Tardes:
No tiene que dar alimentos para su ex esposa si no todo lo contrario la que se encuentra obligada a proporcionar los alimentos es ella por que Usted vive con sus hijos y puede solicitar la pensión.
Para mayor información y con la unica finalidad de aclarar sus dudas me pongo a sus ordenes en los siguientes telefonos:
Nextel.- 36-19-84-06
Oficina.- 47-56-98-42
Blanca Núñez
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