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AutorRespuesta No: 304249
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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Febrero de 2013 08:44 2013-02-24 08:44 desde IP: 201.141.31.190
Que tal, no pueden girar ninguna orden ya que no se ventila una cuestión derivada de un tipo penal, sino de responsabilidad civil y si la dueña esta inconforme con el pago deberá demandártelo ante el Juez Civil Competente, demostrando que el daño fue mayor al señalado por los peritos, pero tu en ese momento podrás ofrecer pruebas que expresen lo contrario.
Quedase tranquilo y pues atento a una posible demanda civil, que le aseguro no será difícil controvertirla e incluso puede obtener ayuda de la Defensoría de Oficio de su Estado.
Cualquier otro problema o duda si gustas, puedes consultarnos.
“PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.
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