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  • Consulta : 187392
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 303594

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, el embargo va a partir de cómo te obligaste, si firmaste contrato o no y quienes lo celebraron. Es decir, si te obligaste a pagar una suma determinada únicamente tú, no pueden demandarte (ejemplo: celebran 5 personas un contrato por 10000, y a ti te toca pagar 2000, ya estas libre), pero si es por el total y todos son responsables, si pueden demandarte. Ahora bien, la forma de exigirte el pago depende de con quien lo celebraste, una institución bancaria, una persona física y el tipo de documento que firmaste, pagare, contrato de crédito, etc.

    La única solución a los problemas derivados de créditos es pagando; no obstante, a través de estrategias jurídicas y asesorías puede obtener tiempo, respeto a tus derechos y con mucha suerte, la liberación de tu deuda. Para ello hay que analizar detenidamente tu situación, por lo que si gustas puedes consultarnos y te damos opciones para tratar de arreglar tu situación.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.