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Tradicional Foro de consultas
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AutorRespuesta No: 303006
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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Febrero de 2013 18:22 2013-02-15 18:22 desde IP: 189.244.170.47
Antes de interponer el Amparo:
Si usted presento un escrito de consulta o de peticion y esta no le ha sido respondida dentro de los tres meses desde su presentacion, debe formular primero un escrito al Superior Jerarquico en la que solicita le sea atendida su escrito, por ejemplo, si el escrito lo presento ante un X Departamento, su escrito debera presentarlo al superior, siendo el Delegado o Administrador y debe esperar tres meses (mas) para obtener respuesta. Si no hay respuesta, procede el Amparo ya que de lo contrario si no se "agotan" las instancias, el Amparo podra ser negado.
Ahora bien, para la formulacion de un Amparo, debe sujetarse a lo señalado en la propia Ley de Amparo, manifestando el Agravio por el cual lo solicita, por lo que no hay un "machote" para formular los agravios pues estos son de caracter individual, pero de ser como lo anteriormente señalado, su Agravio es el incumplimiento de la Autoridad en omitir contestacion sobre las consultas que los particulares realicen ante las Autoridades, recayendo la contestacion en la Negativa Ficta....y asi...
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