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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Febrero de 2013 17:48 2013-02-15 17:48 desde IP: 148.243.152.13
Si el trabajador renuncia justificadamente difícil es que el empleador pague la indemnización
Cuando un trabajador renuncia justificadamente, la indemnización a que podría tener derecho no le será reconocida automáticamente por el empleador, por lo menos en la mayoría de los casos. El trabajador tendrá que exigirla.
Si un trabajador renuncia por el incumpliendo del empleador en sus obligaciones, y específicamente existiendo o argumentando cualquiera de las justas causas contempladas por el artículo 62 del código sustantivo del trabajo, se supone que hay un "//gerencie/despido-indirecto.html">despido indirecto sin justa causa lo que da lugar que el empleador deba pagar la indemnización.
No obstante, esta indemnización, aunque es legal, el empleador nunca la pagará, y el trabajador tendrá que entrar a exigirla, tendrá que probar la existencia de la justa causa que da lugar a ella.
Es por ello que el mismo artículo 62 del código sustantivo del trabajo en su parágrafo único dice:
La parte que termina unilateralmente el "//gerencie/contrato-de-trabajo.html">contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.
Es decir que el primer paso para probar la justa renuncia y exigir la posible indemnización, es exponer por escrito claramente las razones que le llevaron a tomar la decisión de renunciar, pero luego el trabajador tendrá que entrar a probar que tales razones y argumentos fueron ciertos.
Es importante aclarar que el código laboral sí considera expresamente la indemnización cuando el trabajador renuncia por una justa causa. En efecto, el artículo del código sustantivo del trabajo dice:
En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización en los términos que a continuación se señalan: (…)
SALUDOS ESPERO QUE LE SIRVA
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