Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 185832
  • Autor : LIC ESTRADA
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 832
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7463
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 301702

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola. Creo que debes tener en primer momento  el significado de Sentencia ejecutoria, la cual es aquella sentencia que causo estado o queda firme por medio de un auto o resolucion judicial que asi la declaro, sin embargo es comun que la sentencia ejecutoriada es la que ya se ejecuto, y muchas de las veces existe confusion en el empleo de esos terminos.

    Ahora bien si ser civilista, pero si Amparista he visto con frecuencia sobre todo en litigios de inmuebles y remates, muchas de las veces el srio de acuerdos certifica que ha causado ejecutoria, cuando todos sabemos que los Srios de acuerdos en efecto dan fe publica de las actuaciones y de las formas de jueces Y magistrados, pero no tienen facultades para dictar resoluciones judiciales.... suerte y ojala algun civilista te apoye con la resolucion.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775...... nextel: 52 * 14 * 25471