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AutorRespuesta No: 301348
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Febrero de 2013 22:03 2013-02-05 22:03 desde IP: 187.159.199.53
Ok, por lo del trabajo de auxiliar de camioneros, te felicito, espero que sigas aprendiendo a cambiar baleros, balatas, arreglar fugas de aire, tabular gastos, etc. cosas así que te sacarán de la depre y que te harán mas valioso en el mundo del transporte.
En cuanto a tus dudas, ahi te van las respuestas
1.- Sì pudo haber levantado la demanda, pero eso de que te quitaron a tí la patria potestad, NO , pues no fuiste oido ni vencido en juicio
2.- Te los puede exigir dentro del juicio, o bien, dentro de una averiguación previa donde ella demuestre que TU INCUMPLISTE TU OBLIGACION ALIMENTARIA
3.- Insisto, esto es la clave de tu asunto: ¡¿le dejaste de dar dinero para los gastos? si tú le dejaste de dar dinero para la manutención de tu esposa y de tu hijo, por un tiempo largo, ella pudo haberte denunciado penalmente. Aguas.
4.- ustedes al estar casados, no se han divorciado. No mientras a tí NO TE LLAMEN AL JUICIO.
5.- Sobre la ley. La verdad es que lo menos que puedes proporcionar es LA MITAD DE UN SALARIO MINIMO, y no son 60 pesos, son menos.
6.- Si. Si ella te denuncio ante un Ministerio Pùblico, sí.
7.- A ver: a tu esposa ya la mantiene otro, y no caigas en depre, asì que no te voy a decir qué mas le hace... por eso te conviene DIVORCIARTE a la de ya. En cuanto a tu hijo, TU OBLIGACION ALIMENTARIA, o sea, de darle dinero o bienes que comprendan CASA, VESTIDO, MEDICO, ALIMENTOS, ESPARCIMIENTO, EDUCACION, esta obligación, NO SE ACABA HASTA QUE TU HIJO TENGA 18 AÑOS o bien deje de necesitarlos por estar estudiando instrucción escolar superior.
Saludos.
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