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  • Consulta : 185619
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 301348

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Ok,  por lo del trabajo de auxiliar de camioneros, te felicito,  espero que sigas aprendiendo a cambiar baleros, balatas, arreglar fugas de aire, tabular gastos, etc.  cosas así que te sacarán de la depre y que te harán mas valioso en el mundo del transporte.

    En cuanto a tus dudas, ahi te van las respuestas

    1.- Sì pudo haber levantado la demanda, pero eso de que te quitaron a tí la patria potestad, NO , pues no fuiste oido ni vencido en juicio

    2.- Te los puede exigir dentro del juicio,  o bien, dentro de una averiguación previa donde ella demuestre que TU INCUMPLISTE TU OBLIGACION ALIMENTARIA

    3.- Insisto,  esto es la clave de tu asunto:   ¡¿le dejaste de dar dinero para los gastos?  si tú le dejaste de dar dinero para la manutención de tu esposa y de tu hijo, por un tiempo largo,  ella pudo haberte denunciado penalmente.  Aguas.

    4.- ustedes al estar casados,  no se han divorciado.  No mientras a tí NO TE LLAMEN AL JUICIO.

    5.- Sobre la ley.  La verdad es que lo menos que puedes proporcionar es LA MITAD DE UN SALARIO MINIMO,  y no son 60 pesos,  son menos.

    6.- Si.  Si ella te denuncio ante un Ministerio Pùblico,  sí.

    7.- A ver:  a tu esposa ya la mantiene otro,  y no caigas en depre, asì que no te voy a decir qué mas le hace... por eso te conviene DIVORCIARTE a la de ya.  En cuanto a tu hijo,  TU OBLIGACION ALIMENTARIA, o sea, de darle dinero o bienes que comprendan CASA, VESTIDO, MEDICO, ALIMENTOS, ESPARCIMIENTO, EDUCACION,  esta obligación,  NO SE ACABA HASTA QUE TU HIJO TENGA 18 AÑOS o bien deje de necesitarlos por estar estudiando instrucción escolar superior.

    Saludos.