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  • Consulta : 184790
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 300527

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... ver el articulo 47 de le ley federal del trabajo... que señala como el patron puede rescindir la relacion patronal sin su responsabilidad...

    2... traer un medico que levante el estado de ebriedad....

    3... con ese estado y el trabajador... presentarlo ante la junta locacl de conciliaciòn y arbitraje... para que se levante la acta ante la junta y se le de vista al mp... para que este se lo lleve a dormir y le entregue dos documentos levantados del aviso de rescisiòn...

    el sindicato.. nada tiene que ver....