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  • Consulta : 184081
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 299861

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lamentablemente para usted el amparo NO PROCEDE. Esta figura legal es valida cuando por determinada razon una autoridad viola en su perjuicio algunos de sus derechos consagrados en la constitucion.

    Su derecho a la legitima defensa, ha estado siempre respetado... pues usted libremente escogio a sus abogados y ofrecieron pruebas durante toda la secuela procesal ... y a punto de dictar sentencia se da cuenta que sus abogados no ofrecieron las pruebas indicadas por usted ni defendieron de manera correcta el caso.. pero ESO NO ES MOTIVO DE AMPARO porque usted mismo escogio a sus abogados.

    Si suponiendo que la sentencia de divorcio salga y a usted se le condene al pago de cierta cantidad de pesos por concepto de alimentos de la señora, no tendrìa caso apelar pues esto se da cuando hubo una apresiacion equivocada del Juez de origen sobre la interpretacion de la ley, pero si la sentencia se basa en la falta de pruebas de su intención hacia sus pretenciones ... ni la apelacion ni el amparo le serviran.

    Mas bien... usted puede inmediatamente despues que haya causado Estado la sentencia, solicitar via incidental una cancelacion o disminucion de pension alimenticia por los factores de su edad, sus gastos, que ella trabaja, etc etc y podra bajar la pension alimenticia o a la mejor con suerte cancelarla de plano.

    Saludos