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AutorRespuesta No: 298106
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Enero de 2013 13:13 2013-01-10 13:13 desde IP: 189.234.191.38
es la aptitud legal para conocer de un juicio... que puede ser propia o derivada...
si eres el que demanda...o el demandado... ya tienes personalidad...
pero...si eres un extraño... dentro del juicio... solo que uno de los que estan peleando te autorice a ver y conocer del asunto... tendras una personalidad derivada para oir y recibir notificaciones ...para cnsultar el expediente y hasta para sacar copia del mismo...
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