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  • Consulta : 182302
  • Autor : mariopintor
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  • Autor
    Respuesta No: 297884

  • mariopintor
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    presisamente son esos dos tramites y se realizan en una notaria, y para que la mama le de los derechos a su hijo se tiene que hacer una sesion de derechos OJO porque si ella repudia la herencia del señor por ser bienes mancumunados se los queda el estado por ley, ya despues de la sesion de derechos puedes hacer la ratificacion (o como dices apertura de testamento) es donde se nombra al heredero como dice el testamento y ya despues se hace la hijuela (la adjudicacion de los bienes) y asi el hijo obtendria la propiedad.

     

    epero y te sirva la respuesta trabajo en una notaria como practicante, saludos.