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AutorRespuesta No: 297035
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Diciembre de 2012 16:39 2012-12-30 16:39 desde IP: 187.204.193.65
acude a la procuraduria de la defensa del trabajo...
pero si te aplican la ley... articulo 47 fraccion X... faltar en un termino de 30 dias seguidos mas de 3 veces... no es ilegal el despido...
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