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  • Consulta : 181522
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 297035

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    acude a la procuraduria de la defensa del trabajo...

    pero si te aplican la ley... articulo 47 fraccion X... faltar en un termino de 30 dias seguidos mas de 3 veces... no es ilegal el despido...