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  • Consulta : 181207
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La portabilidad de derechos de tiempo cotizado hasta ahora solo es posible cuando la pensión es por el sistema de cuentas individuales, ya sea en el IMSS o en el ISSSTE.

    En este caso, sí se podría unificar el tiempo cotizado entre ambos institutos y pensionarse en el IMSS, pero tal vez no sea lo más conveniente, ya que se tendría que pensionar bajo el régimen 97 del IMSS y no por régimen 73.

    Antes de una mejor orientación, sería prudente saber ¿qué edad tiene tu pariente?

    ¿en qué período cotizó al ISSSTE?

    en caso de estar activo en el ISSSTE en abril de 2007 ¿eligió 10o transitorio o cuenta individual (bono)?

    en caso de haber causado baja antes de esta fecha ¿retiró su indemnización global?