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  • Consulta : 180756
  • Autor : legallic
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  • Autor
    Respuesta No: 296226

  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    lo que te comentan por el momento no es cierto, pues los juzgados permanecen cerrados en esa epoca, se trata de un cobro extrajudicial. sin embargo, despues de no poder llevar a cabo dicho cobro, esas financieras generalmente venden las carteras vencidas a despachos de cobranza, los cuales intentan nuevamente el cobro extrajudicial y despues presentan la demanda. Para que el embargo sea legal primero debe de identificarse el actuario que acompaña a la parte actora, despues requerirte el pago de dicho adeudo, si no tienes para pagar se embargan bienes suficientes para cubrir el adeudo (primero se te da el derecho de señalar bienes, sino lo haces se pasa a la parte actora dicho derecho) y finalmente se te notifica de la demanda dejandote copias de la demanda, los documentos y de la diligencia de embargo. saludos y suerte en tu asunto.