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  • Consulta : 180511
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 296748

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes NO USTED COMO PASAJERO EN VUELOS INTERNACIONALES NO PUEDE TRAER ÉSTE TIPO DE MERCANCÍAS, está prohibido por la Legislación Mexicana, en concreto el artículo 88 de la Ley Aduanera; las Regla 3.2.1, 3.2.2., 3.2.3 y 3.2.4 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012 (RCGMCE 2012); 5, 6 y 7 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de las mercancías cuya importación o exportación están sujetas a regulación por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional y además NECESITA ESTAR INSCRITA EN EL PADRÓN DE IMPORTADORES DE SECTORES ESPECÍFICOS de conformidad con el Anexo 10 de las RCGMCE 2012.

    Si Usted la trae a bordo en su equipaje y corre con la suerte de que no le toque revisión de su equipaje, no habrá problema pero si no, la Aduana de entrada se lo va a embargar a través de un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) y para recuperarlo, tendrá qué presentar el permiso a que se refiere el mencionado Acuerdo dentro de los 30 días hábiles siguientes a que surta efectos la notificación del citado PAMA y por experiencia le puedo decir que SEDENA no se tarda ese tiempo en expedir dicho permiso, se tarda mucho más y su mercancía la perderá.

    Ahora si es un sable artesanal será peor todavía, porque necesitará un permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia para poder traerlo a México NO IMPORTANDO SI ES PARA SU USO PERSONAL O PARA REGALAR.

    Espero haberle ayudado, quedo a sus órdenes.

    Saludos.