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  • Consulta : 179232
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 294455

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Acuda al Registro Públco de la Propiedad para saber el estado real del inmueble, es decir, conocer quién es el titular, si menciona que embargó derechos de escrituración implica que no está a su nombre y en consecuencia ella, la deudora no lo puede vender, pero sí pudo ser vendido por el titular, si así es debe buscar otros bienes incluso si la Sra. está casada por sociedad conyugal busque bienes del marido y podrá embargar el 50% de esos bienes.