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  • Consulta : 179231
  • Autor : eric miravete
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  • Autor
    Respuesta No: 294386

  • eric miravete
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    A la muerte del deudor se deben cancelar las deudas en materia de tarjetas hipotecarias. Puedes comparecer ante un ejecutivo de cuenta del banco en el que tu padre tenía la cuenta, y adjuntando el certificado de defunción, su identificación y de la persona que comparece se debe cancelar. 

    Es probable que te pidan alguna constancia de identidad de nombre, muchas veces el nombre legal no concuerda con el que viene en el ife, que es el que normalmente sirve para abrir la cuenta. 

    Este se tramita ante un Notario de tu ciudad, presentando pruebas de los diferentes nombres, mchas veces basta con el acta de nacimiento, matrimonio  e ife, y te piden -- de acuerdo al estado de 2 a 3 testigos-- para comprobar que utilizaba  diversos nombres ej. jorge mezquita y/o jorge alberto mezquita. 

    No debes de tener mayor inconveniente. No te olvides que los bancos derivas sus cuentas por cobrar y los abogados bancarios son otra división. Exito en tu tramite y espero te sirva