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AutorRespuesta No: 293955
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Fecha de respuesta: Domingo 02 de Diciembre de 2012 14:01 2012-12-02 14:01 desde IP: 187.207.68.237
Al día de hoy sigo esperando al Lic Garovalo, ya que en diversa consulta (RESPUESTA 292322) él aseguro que “””-LOS PENSIONADOS NO TIENEN ESA OBLIGACIÓN-“””, inclusive hizo referencia a lo siguiente (RESPUESTA 292334): “””-mi lic... un saludo... el codigo civil... es claro... dejan de dar ...por su edad... a los 65 años... mas a los 80... y aqui... en esta parte del reyno... pasa y sigue pasando... que los pensionados... ya no tienen obligaciòn de dar alimentos... saludos.. estamos en contacto...-”””
Por lo anterior, si alguien conoce donde está la disposición correspondiente, se les agradecería mucho.
SALUDOS
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