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AutorRespuesta No: 290880
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Noviembre de 2012 23:36 2012-11-04 23:36 desde IP: 189.177.169.170
existe una facultad donde el imss da de baja al patron y x ende a sus trabajadores art 251, hable con el jefe de afilacion o de vigencia si no tiene respueta acuda con el jefe de del depto afiliacion vigencia, ya que el dpto de cobranza debio solicitar la baja patronal, de no obtener respuesta acuda con el subdelegado para que le apoyen si alguno de ellos se niega a recibirlo acuda a la oficina de orientacion y quejas para que le indiquen como realizar la queja por escrito y haga el escrito ccp a contraloria interna
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