- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 173075
- Autor : frank_snake
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 12
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 288737
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Octubre de 2012 17:04 2012-10-15 17:04 desde IP: 201.124.183.202
el materia civil, en lo referente a los contratos uno se obliga de acuerdo a lo firmado y mientras no existan vicios de voluntad o de nulidad, renunciar a ese derecho contemplado en el referido articulo esta permitido.
-
Autor