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  • Consulta : 172827
  • Autor : frank_snake
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  • Autor
    Respuesta No: 288511

  • frank_snake
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Eso es correcto, y coincido con los abogados, al momento de iniciar el juicio ejecutivo el juez emite un auto de exequendo, en el cual no solo se le notifica la demanda sino que se traba embargo sobre los bienes que señale el apoderado o representante de la parte actora. 

     

    Ahora bien, seguramente como bien le dicen los arriba firmantes, seguramente los intereses se estan actualizando dia a dia, y estan esperando a que la deuda sea de tal magnitud que puedan rematar el inmueble y adjudicarselo, en el caso de que su casa hubiera sido embargada.

     

    Le recomiendo ponerse en conacto con el despacho que lleve el asunto y llegue a un arreglo y liquide su adeudo en pagos, o bien corrobore si ya no hay actuaciones en el expediente desde hace tres años y promuevan el incidente respectivo.

     

    En Materia Mercantil, se le da a la demandada un plazo de 5 dias para el cumplimiento voluntario de la sentencia, el cual obviamente no paso y por eso se le permite a la actora actualice los interes continuamente hasta que exista el cumplimiento total a la condena hecha.