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  • Consulta : 172827
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 288508

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ledyblue_77:

    El colega Alberto Ochoa (cordiales saludos) se quedó corto, y usted también, porque en su consulta menciona que se trata de un proceimiento ejecutivo mercantil, mismo que se inicia con un requerimiento de pago y embargo antes del emplazamiento a juicio.

    Lo anterior significa que tal vez la casa de sus padres ya está embargada desde el primer momento en que el actuario del juzgado realizó la diligencia del emplazamiento, pero sus padres están ignorantes de esta circunstancia, de tal manera que el actor solamente espera que la deuda sea mayor para poder quedarse con el inmueble por un precio muy bajo.

    Es usual que los demandados estén en la ignorancia del embargo porque el actuario solamente les entrega la cédula de notificación y las copias de traslado de la demanda, y luego los demandados y sus abogados incurren en el error de abstenerse de revisar concienzudamente el expediente..