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Fecha de respuesta: Martes 09 de Octubre de 2012 01:33 2012-10-09 01:33 desde IP: 189.144.41.231
usted tiene que promover un juicio de usuacapion, e suna forma de adquiri la propiedad por el simple transcurso del tiempo, además por ser posedor de buena fe, promoviendo este juicio existe la porbabilidad de adquiri este bien inmueble
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