- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 172263
- Autor : abogados enruz
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 97
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7463
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 288106
-
Fecha de respuesta: Martes 09 de Octubre de 2012 01:54 2012-10-09 01:54 desde IP: 187.194.3.142
Si el accede a firmar los pagarés hagalo ya que el hecho de que usted tenga la factura no lo convierte en dueño porque no esta endosada a su favor y el puede decir que perdio la factra o hasta que se la robaron asi que firme los pagares, es importante que el o un aval tengan una propiedad ya que si no hay alguna propiedad ue respalde la deuda la eficacia de los pagares no existe aunque tenga una sentencia favorable, tome en cuenta que es posible que usted tenga que acudir a un abogado y esto representara gastos adicionales, existen otras figuras como el reconocimiento de adeudo con garantía hipotecaria que se otorga ante notario, lo importante es que usted tenga alguna garantía de pago, asesorese con un abogado antes de firmar cualquier documento, quedamos a sus ordenes para consultas o dudas abogados enruz
-
Autor





