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  • Consulta : 172065
  • Autor : licfcoruiz
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  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si ustedes lo estipulan en el convenui por supuesto que esta obligado por estra ratificado ante un tribunal, de lo contrario si incumple con determinada clausula se haría acreedor a una sanción o medida de apremio, y se entiende que el que tenga la capacidad económica es quien debe saldar esas deudas

     

    por otro lado se entiende que las deudas de caracter civil, no deben contemplarse en la sociedad conyugal, sin embargo si gerena un perjuicio estando casados puesto que si adquirieron el regimen patrimonial de bienes mancomunados si pudieran embargarles algun bien a cualquiera de los consortes