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AutorRespuesta No: 287598
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Octubre de 2012 16:16 2012-10-04 16:16 desde IP: 201.141.185.36
En materia civil si puedes comparecer a audiencias, sin embargo en familiares no ya que la ley exige abogado titulado y no, no puedes ponerte aun el "lic" ya que aun no lo eres y si es un delito, si debes firmar algo ponte lo que eres pasante en derecho, acreditado mediante carta pasante x numero. ojo recuerda que tu carta pasante solo tiene vigencia de un año!
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