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AutorRespuesta No: 287847
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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Octubre de 2012 09:44 2012-10-06 09:44 desde IP: 189.178.216.209
garovalo:
Estás por completo equivocado, cuando se causa ejecutoria por ministerio de ley es totalmente innecesaria la declaración judicial, así que en la práctica lo correcto es solicitar que el juzgador gire el oficio correspondiente a la anotación marginal del acta de matrimonio. ¿¡¿Cómo puedes decir que litigas en el Distrito Federal?!?..
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