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  • Consulta : 171285
  • Autor : saldrese
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  • saldrese
    ESTUDIANTE


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                              Estimado Rosen,

     

                               Agradesco mucho tu respuesta, aunque me planteaste que hay dos ramas por las cuales se puede entablar demanda o querella, asi como tambien una transcripcion de un articulo de la LFPC. Falto una respuesta en cuanto al fuero y en caso de ser comun, la jurisdiccion territorial que le corresponde ya que el demandante u ofendido dependiendo de la rama por la cual se proceda, es de una entidad federativa diferente al domicilio convencional del demandado, por ello mi planteamiento si podria en un momento dado hacerlo por la via federal. Tal vez mi mi pregunta no fue lo suficientemente explicita para la comprension de los lectores de este foro, pero hago nuevamente el plateamiento de manera extensa. Agradecere de antemano las respuestas que me den luz juridica al respecto.