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Fecha de respuesta: Martes 02 de Octubre de 2012 10:10 2012-10-02 10:10 desde IP: 187.194.56.22
para eso son las "colas".... para poner los endosos.... separarlos cuando no sean necesario y no tener conflictos...
el tenedor del documento... tenga endoso directo o no... no tiene ningun problema... para hacer valr su personalidad como endodsatario en procuracion... en propiedad... o como le vayan a poner... si el otro presenta un recibo de pago... parcial o total.... no va a ser la firma....nunca lo es.... ¿que te preocupa?.... es cobranza....
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