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  • Consulta : 170967
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 287255

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    para eso son las "colas".... para poner los endosos.... separarlos cuando no sean  necesario y no tener conflictos...

    el tenedor del documento... tenga endoso directo o no... no tiene ningun problema... para hacer valr su personalidad como endodsatario en procuracion... en propiedad... o como le vayan a poner... si el otro presenta un recibo de pago... parcial o total.... no va a ser la firma....nunca lo es.... ¿que te preocupa?.... es cobranza....