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  • Consulta : 170774
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El cálculo por ley 97 para la pensión por orfandad es el 20% sobre la cantidad que hubiera correspondido por una pensión de invalidez.

    La pensión de invalidez es el 35% del promedio salarial de cotización de las últimas 500 semanas (10 años) o las que tuviere.

    Es decir, al promedio de salario de cotización se le saca el 35% y a esta cantidad el 20%. Y esa sería la pensión por cada una. A esta cantidad hay que aumentarle el 11% por decreto

    Para un cálculo más exacto se necesitaría el salario promedio cuantificado por seguro.

    Por otra parte, si tu condición es que también son huérfanas de padre ese 20% deberá ser 30%

    No dices desde cuándo cotizaba tu mamá y durante cuánto tiempo, esto para ver la posibilidad de una pensión por ley 73. En caso de apegarse a esta ley, se te deben presentar las dos opciones para que elijas la más conveniente y en su caso se te indique las subcuentas que podrías retirar de su afore. Como sea si no estás de acuerdo con lo que te dan, inconfórmate, en la página del IMSS o directamente con ellos, te indican el procedimiento.

    Este es un teléfono que pone a disposición el IMSS en su página para información y quejas puedes empezar por aquí.

    018006232323