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  • Consulta : 170264
  • Autor : Maxwel Smart
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    Respuesta No: 285756

  • Maxwel Smart
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    (Resumen de Actividades)

    Claro que si le fue infiel y Ud. lo acredita en juicio, en su carácter de cónyuge culpabe, ella no lo de deberá dar nada conforme a los siguientes artículos del Código Civil del EDOMEX:

     

    .Causas de divorcio necesario 

    Artículo 4.90.- Son causas de divorcio necesario: 

    I. El adulterio de uno de los cónyuges; ..

     

    Artículo 4.99.- En los casos de divorcio, el cónyuge inocente tendrá derecho a alimentos. En el divorcio decretado con base en la separación de los cónyuges por más de dos años, tendrá derecho a ellos el que los necesite. Además, cuando por el divorcio se originen daños y perjuicios a los intereses del cónyuge inocente, el culpable responderá de ello como autor de un hecho ilícito. 

     

    Suerte.

    :)