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  • Consulta : 170012
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 285460

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Una vez que la sentencia quedó firme, iniciar el incidente de liquidación de la isma, una vez liquidada iniciar el incidente de ejecución y presentar perito para ralizar el avalúo del inmuble, si efectivamente con el bien embargado y avaludo no se cobre la totalidad del adeudo, solicitar al Juez una ampliación de embargo.