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  • Consulta : 169703
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 285172

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu solo estas obligado a pasar pension alimenticia a tu hija (O) biologico y reconocido por ti, es obvio q por la edad del menor, èste tiene q permanecer con la madre, tu solo tienes derecho a la convivencia en caso de q la señora se  niegue tu puedes hacer valer los medios legales para poder convivir con tu menor hijo, por lo q tienes q hace es lo siguiente:

    1.- Si quieres tener certeza de q quieres seguir viendo a tu hijo deja tu la casa (q ella siga pagando la renta si rentan, habla con el dueño de la casa y q ponga el contrato a nombre de ella) asi tu tendras cierta certeza de q estaran ahi para q puedas llevar a cabo la convivencia

    2.- demandar la convivencia y otorgar pension alimenticia solo para tu menor hijo como sera de manera voluntaria te aconsejo q sea a traves dfel juzgado y q sea el salario minimo vigente en tu entidad o bien el 15% de tu salario

    3.- encaso de q la señora se niegue a llevar a cabo la convvencia haz valer la sentencia de convivencia mediante el derecho via civil y posteriormente por desacato o como lo contemple el codigo penal de tu entidad

    4.- ve con abogado de tu confianza o bien el defensor de oficio para q te apòyen con el tramite