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  • Consulta : 168991
  • Autor : Jahuri Gonzalez
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  • Autor
    Respuesta No: 284373

  • Jahuri Gonzalez
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buen día..

    La ley estipula que cuando el trabajador, renuncie a su trabajo simplemente le correspondera el pago de las siguientes prestaciones : aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, nada más.

    Saludos y suerte.