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AutorRespuesta No: 284040
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Septiembre de 2012 21:34 2012-09-07 21:34 desde IP: 201.141.151.8
ingelectronic_NR
Para efectos de la aceptacion del cargo de albacea por parte de usted, puede acudir ya sea por la via extra judicial por medio de Notario Publico o por la via judicial a traves de un juicio sucesorio, una vez que usted acepte el cargo de albacea testamentario podra solicitar copias certificadas del mismo para acreditar su caracter de albacea ante cualquier autoridad judicial o administrativa.
Saludos.
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